La Corte Suprema tomó esta medida en favor de Jorge Enrique González Nieva, cuestionado el fallo y la investigación que lo condenó.
Jorge Enrique González Nieva (55), que hace casi 14 años está preso por el crimen de una mujer en una salidera bancaria en el partido de Merlo, fue absuelto por la Corte Suprema.
La absolución fue tras un fallo en el que se cuestionó al tribunal que lo condenó, a los camaristas que confirmaron la sentencia y a los policías que lo investigaron, muchos de los cuales están presos por inventar causas.
En 2010 había sido condenado a la pena de 25 años de prisión por el robo seguido de muerte de Analía Bibiana Aguerre (43), sentencia que desde 2015 permaneció en estudio del máximo tribunal y por el cual la organización Amnistía Internacional (AI) reclamaba su libertad.
Con las firmas del presidente Carlos Rosenkratz y los ministros Horacio Rosatti, Elene Inés Highton, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, la Corte absolvió a González Nieva.
Durante los casi 14 años de detención pasó por al menos 9 cárceles distintas de la provincia y desde el 3 de octubre último estaba con arresto domiciliario, monitoreado con una tobillera electrónica.
El hombre, que había sido condenado por los delitos de “robo con homicidio resultante y portación de arma de guerra”, estuvo en los penales de Florencio Varela, de Urdapilleta, de General Alvear, de Olmos, de Junín, de Mercedes, nuevamente en Varela, en La Matanza y finalmente en la Unidad 26 de Olmos, tras lo cual salió con arresto domiciliario.
LOS ARGUMENTOS DE LA CORTE
La Corte Suprema entendió que el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 1 de Morón que lo condenó, se dictó desconociendo “las garantías constitucionales de debido proceso, defensa en juicio y de presunción de inocencia” y que estas falencias no fueron atendidas por la Sala II del Tribunal de Casación Penal y, posteriormente, por la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires al confirmarla.
Los ministros de la Corte cuestionaron que uno de los elementos que fueron utilizados para condenarlo fue la identificación por fotografías del imputado por parte de un testigo del hecho que, luego, no pudo reconocerlo personalmente.
La máxima autoridad judicial también aseguró que no existió ninguna prueba forense que vincule físicamente a González Nieva con los hechos, ni tampoco pudo establecerse su vinculación con las personas identificadas como miembros de la banda que cometió el robo.
Además, criticó que no se hubiera valorado el resultado negativo del reconocimiento en rueda de personas por parte de todos los testigos, y consideró que tanto los descargos del imputado como la prueba testimonial producida en su favor fueron descartados con argumentos inadmisibles por ser directamente contrarios a las fundamentales garantías de la presunción de inocencia y defensa en juicio.
Para la Corte, no se tuvieron en cuenta los testimonios que avalaban que, al momento de los hechos, González Nieva, quien trabajaba como taxista, se encontraba en otro lugar.
Los jueces consideraron que fue “alarmante” la existencia de “serias irregularidades” en la investigación policial y recordaron que González Nieva, que vive en Merlo, declaró ante los jueces que lo condenaron que el policía que lideró la investigación le había exigido que le entregara su taxi como coima y que su negativa había contribuido a mantenerlo imputado y detenido.
Según el fallo, al momento del debate oral, los efectivos policiales que tuvieron un rol central en la instrucción del caso se encontraban detenidos y bajo proceso por distintos hechos delictivos que involucraban la adulteración de información y la fabricación de imputaciones con fines extorsivos en el marco de sus investigaciones, incluida la de este mismo caso.
El máximo tribunal puso énfasis en que “los jueces deben velar por la legalidad de los procesos judiciales, garantizando que las sentencias no sean el producto de procedimientos irregulares o directamente ilegales”.
EL HECHO
El hecho por el que había sido condenado González Nieva ocurrió el 24 de mayo de 2006, cuando Aguerre, que acababa de retirar 11 mil pesos de un banco de Morón, fue asesinada de un balazo en la cabeza por tres “motochorros” que la siguieron hasta su casa de Libertad, de Merlo.
El 19 de julio de ese año González Nieva fue detenido, acusado de ser el autor material del crimen de la mujer.
Además del taxista, dos hombres fueron condenados por el asesinato de Aguerre, uno de los cuales también aseguraba su inocencia.